La Resolución 3026 del 22 de Julio 2011, la cual se está publicando en el Diario Oficial del día de hoy “Por la cual se establecen valores máximos para el reconocimiento y pago de recobros por medicamentos no incluidos en los Planes de Beneficios con cargo a los recursos del Fondo de Solidaridad y Garantía –FOSYGA”.
Es importante anotar que en esta Resolución se establecen los valores máximos de 137 Principios Activos (Deroga las Resoluciones 5229 de 2010, 005, 1020 y 1697 de 2011).
Igualmente establece en su artículo 2°. Hasta tanto no sea ampliado el listado de principios activos previsto en el Artículo 1 de la presente Resolución, para los medicamentos no incluidos en los planes de beneficios, cuyo principio activo no haya sido explícitamente listado, el valor máximo de reconocimiento será el precio mínimo del respectivo medicamento reportado al Sistema de Precios de Medicamentos -SISMED- en el mes de diciembre de 2010. Este valor máximo de reconocimiento, se establecerá durante el proceso de auditoría que realice el Fondo de Solidaridad y Garantía-FOSYGA.
Artículo 3°. Los costos asociados a la adecuación, dispensación y administración de estos medicamentos se reconocerán como un porcentaje adicional sobre los valores máximos de recobro establecidos en la presente Resolución. El valor final del reconocimiento y pago por el FOSYGA no podrá superar el valor máximo establecido en la tabla del Artículo 1 y el menor precio por unidad de dispensación de que trata el Artículo 2 de la presente resolución más el 12%.
Una copia de la resolución se encuentra a continuación:
Resolucion 3026 de 2011 Valores máximos medicamentos-recobros






